miércoles, 12 de octubre de 2016

CATALOGO DE LAS FIGURAS PROFESIONALES DE LA OFERTA FORMATIVA DE BACHILLERATO TECNICO PRODUCTIVO


ACUERDO No. MINEDUC-ME-2016-00082-A

Freddy Peñafiel Larrea
MINISTRO DE EDUCACION, SUBROGANTE

Considerando:

Que los artículos 26 y 27 de la Constitución de la República del Ecuador establecen que la educación es un derecho de las personas y un deber ineludible e inexcusable del Estado, que constituye un área prioritaria de la política pública, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir; y que la educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo en el marco del respeto de los derechos humanos, e impulsará la justicia, la solidaridad y la paz;

Que el artículo 344 de la Constitución de la República, en su inciso segundo establece que: "El Estado ejercerá la rectoría del sistema a través de la autoridad educativa nacional, que formulará la política nacional de educación; asimismo regulará y controlará las actividades relacionadas con la educación, así como el funcionamiento de las entidades del sistema";

Que la Ley Orgánica de Educación Intercultural -LOEI, concordante con lo determinado en el artículo 344 de la
Constitución de la República, en su artículo 25 establece que "La Autoridad Educativa Nacional ejerce la rectoría del Sistema Nacional de Educación a nivel nacional y le corresponde garantizar y asegurar el cumplimiento cabal de las garantías y derechos constitucionales en materia educativa, ejecutando acciones directas y conducentes a la vigencia plena, permanente de la Constitución de la República(..)]";

Que el literal a) del artículo 44 de la Ley ibídem, prescribe: "Bachillerato técnico productivo.- Es complementario al bachillerato técnico, es de carácter optativo y dura un año adicional. Tiene como propósito fundamental desarrollar capacidades y competencias específicas adicionales a las del bachillerato técnico. Puede ofrecerse en los mismos centros educativos donde funcione el bachillerato técnico, los cuales también podrán constituirse en unidades educativas de producción";

Que la Autoridad Educativa Nacional, con Acuerdo Ministerial No. MINEDUC-ME-2016-00047-A de 31 de mayo de 2016, expide la "Normativa para la implementación del bachillerato técnico productivo (BTP) en instituciones educativas del Ecuador";

Que en el artículo 4 del referido Acuerdo Ministerial se determina que: "La oferta educativa del BTP se establecerá a través de un catálogo de figuras profesionales que será generado y actualizado por la Autoridad Educativa nacional, el cual estará alineado a las políticas que para el efecto establezcan la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo-SENPLADES y el Ministerio Coordinador de Conocimiento y Talento Humano MCCTH. El catálogo de figuras profesionales del BTP se refiere a toda la oferta formativa legalmente constituida y comprende los nombres y diseños curriculares de las figuras profesionales. Las figuras profesionales del BTP, deben ser afines a las necesidades productivas y/o vocacionales del territorio.";

Que en la Disposición General Quinta del citado Acuerdo Ministerial MINEDUC-ME-20116-00047-A, se encarga "[...] a la Subsecretaría de Fundamentos Educativos, para que a través de la Dirección Nacional de Currículo, emita los diseños curriculares basados en competencias laborales y mallas correspondientes a las figuras profesionales para el BTP y realizar procesos de evaluación de la aplicación del currículo. A asimismo (sic) coordinar con la Subsecretaría de Educación Especializada e Inclusiva, a través de la Dirección Nacional de Bachillerato, la creación y actualización de figuras profesionales para el Bachillerato Técnico Productivo";

Que la Subsecretaría de Educación Especializada e Inclusiva, en uso de sus atribuciones y preocupada por fortalecer la modalidad del bachillerato complementario en lo técnico productivo, ha mantenido mesas de trabajo con el sector productivo tanto público como privado, a fin de conocer experiencias y propuestas, generando consensos para la creación del perfil profesional del bachillerato técnico productivo, con el propósito fundamental de que los estudiantes mejoren su nivel académico que le permitan acceder a una mejor calidad de vida para contribuir al desarrollo nacional;

Que la Subsecretaría de Fundamentos Educativos, con memorando No. MINEDUC-SFE-2016-00462-M de 19 de agosto de 2016 remite el informe técnico relacionado con la oferta del Bachillerato Técnico productivo, indicando en lo sustancial la necesidad de expedir el catálogo de figuras profesionales de la referida oferta para la respectiva implementación en las instituciones educativas que cumplan los requisitos establecidos en la Normativa correspondiente; y,

Que es deber de la Autoridad Educativa Nacional, garantizar la atención integral de las y los estudiantes con eficacia y eficiencia a través de las acciones técnicas, administrativas, pedagógicas en las diferentes instancias del sistema educativo del país, de acuerdo a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y a su Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos.

En uso de las atribuciones que le confieren los artículos 154, numeral 1 de la Constitución de la República; 22 literales j) t) y u) de la Ley Orgánica de Educación Intercultural, y 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva.

Acuerda:

Art. 1.- Aprobar y expedir el siguiente "CATALOGO DE LAS FIGURAS PROFESIONALES DE LA OFERTA FORMATIVA DE BACHILLERATO TECNICO PRODUCTIVO", mismo que es de aplicación obligatoria en todas las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares del país que tengan la oferta educativa del Bachillerato Técnico Productivo en una o varias figuras profesionales establecidas en este catálogo.

Art. 2.- Composición.- El Catálogo de la oferta formativa de Bachillerato Técnico Productivo está compuesto por las siguientes Figuras Profesionales:

a) Area Técnica Agropecuaria:

1.- Elaborados Lácteos
2.- Elaborados Cárnicos
3.- Conservería
4.- Control de Transformación de Alimentos
5.- Manejo Forestal y Transformación Primaria de la
Madera
6.- Guardaparques

b) Area Técnica Industrial:

1.- Fabricación de Carrocerías
2.- Asistente de Obras Civiles
3.- Seguridad Industrial
4.- Instalaciones Hidrosanitarias
5.- Ensamblaje y Mantenimiento de Equipos Electrónicos
6.- Procesos de Soldadura

c) Area Técnica de Servicios:

1.- Cocina Tradicional
2.- Gestor Especialista en Ventas..

Art. 3.- Las figuras profesionales detalladas en el
artículo 2, se sujetarán a las siguientes mallas curriculares:


A.- AREA TECNICA AGROPECUARIA:

1.- FIP: ELABORADOS LACTEOS

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Organización y Control de Almacén 70
Operaciones de Proceso de Leches de Consumo 190
Operaciones de Preparación y Elaboración de
Productos Lácteos Fermentados, Quesos y Mantequillas 320
Postres Lácteos y Helados 160
Higiene y Seguridad en la Industria Alimentaria 170
Sistemas de Control y Auxiliares de los Procesos 170
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

2.- FIP: ELABORADOS CARNICOS

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Organización y Control de Almacén 70
Sacrificio y Faenado de Animales y Asistencia
en la Inspección 230
Despiece, Carnicería y Charcutería 300
Higiene y Seguridad en la Industria Alimentaria 170
Tecnología de la Carne 310
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

3.- FIP: CONSERVERIA

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Organización y Control de Almacén 70
Materias Primas, Procesos y Productos
en la Industria Conservera 170
Operaciones Básicas en la Elaboración de Conservas 255
Tratamientos de Conservación 170
Envasado y Embalaje 75
Higiene y Seguridad en la Industria Alimentaria 170
Sistemas de Control y Auxiliares de los Procesos 170
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

4.- FIP: CONTROL DF TRANSFORMACION DE ALIMENTOS

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Salud Ocupacional y Seguridad Industrial
en las Plantas Alimentarias 540
Trazabilidad en los Productos Alimenticios
Industrializados 540
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

5.- FIP: MANEJO FORESTAL Y TRANSFORMACION PRIMARIA DE LA MADERA

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Establecimiento y Manejo de Plantaciones Forestales 460
Programación y Gestión para el Aprovechamiento
Forestal de Bajo Impacto 240
Transformación Primaria de Aserrado de la Madera 240
Investigación y Desarrollo para la Mejora Continua 80
Higiene, Salud y Seguridad Ocupacional 60
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

6.- FIP: GUARDAPAROUES

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Control y Vigilancia en Areas Protegidas 150
Monitoreo Biológico en Areas Protegidas 220
Manejo Sustentable y Sostenible de la Biodiversidad 150
Educación Ambiental y Manejo de Visitantes
en Areas Protegidas 140
Planificación, Control y Reporte de Gestión
en Areas Protegidas 140
Gestión Operativa de Areas Protegidas 140
Participación Local y Comunitaria 140
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

B.- AREA INDUSTRIAL:

1.- FIP: FABRICACION DE CARROCERIAS

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Preparación de Insumos 120
Estructura de la Carrocería 320
Forrado de la Carrocería 280
Montaje de Accesorios Complementarios 240
Producción Asociada a la Fabricación de Carrocerías 120
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

2.- FIP: ASISTENTE DE OBRAS CIVILES

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Procesos Administrativos de la Obra 430
Procesos Constructivos de la Obra 650
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

3.- FIP: SEGURIDAD INDUSTRIAL

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Gestión de la Seguridad Personal en la Industria 260
Seguridad en los Ambientes de Trabajo 250
Seguridad y Mantenimiento de los Recursos Industriales 250
Gestión de la Seguridad en la Planta Industrial 320
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

4.- FIP: INSTALACIONES HIDROSANITARIAS

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Gestión Administrativa 80
Instalación de Redes de Agua de Uso Domiciliario 480
Instalación de Redes Sanitarias 400
Instalación de Equipos Complementarios 120
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

5.- FIP: ENSAMBLAJE Y MANTENIMIENTO DE EQUIPOS ELECTRONICOS

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Ensamble de Equipos de Telecomunicaciones 320
Ensamble de Equipos de Audio y Video 320
Ensamble de Equipos con Circuitos de Electrónica
Digital y Micro procesado 360
Buenas Prácticas de Manufactura, Calidad y Seguridad 80
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

6.- FIP: PROCESOS DE SOLDADURA

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Soldadura con Electrodo Revestido S.M.A.W 235
Soldadura Oxiacetilénica O.A.W. 95
Soldadura G.M.A.W. (MIG/MAG) 235
Soldadura G.TA.W. (TIG) 185
Corte por Proyección Térmica 75
Fundamentos de Metalmecánica y Electromecánica 85
Fundamentos de Metrología y Dibujo Técnico Aplicado 105
Fundamentos de Soldadura 65
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

C.- AREA DE SERVICIOS:

1.- FIP: COCINA TRADICIONAL

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Ofertas Gastronómicas 130
Entradas y Entremeses 210
Sopas, Caídos, Potajes y Locros 210
Platos Fuertes: Genero Principal y Guarniciones 350
Postres y Bebidas 180
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200

2.- FIP: GESTOR ESPECIALISTA EN VENTAS

MODULOS FORMATIVOS HORAS

Fuerza de Ventas 305
Proceso de Venta de Productos 330
Monitoreo del Proceso de Ventas 280
La Comunicación en Inglés 70
Formación Laboral en Ventas 95
Emprendimiento de Producción de Bienes y/o
Prestación de Servicios 120

TOTAL HORAS DE FORMACION 1.200.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Las Mallas Curriculares del Bachillerato Técnico Productivo son flexibles y se ajustarán en función del programa formativo que los estudiantes deban desarrollar en las entidades receptoras participantes, en concordancia con las cláusulas que se establezcan en los convenios que suscriba el Ministerio de Educación con dichas entidades receptoras.

SEGUNDA.- Responsabilícese del seguimiento y control del cumplimiento del presente Acuerdo Ministerial a la Subsecretaría de Educación Especializada e Inclusiva, a través de la Dirección Nacional de Bachillerato, la implementación y ejecución del presente Acuerdo Ministerial, en coordinación con la Subsecretaría de Educación del Distrito Metropolitano de Quito y Distrito de Guayaquil, y las Coordinaciones Zonales de Educación.

DISPOSICION FINAL.- El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE.- Dado en Quito, D.M., a los 31 día(s) del mes de Agosto de dos mil dieciséis.

f.) Freddy Peñafiel Larrea, Ministro de Educación, Subrogante.

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